CREARAN GUIA CTPAT PARA DETECTAR TRABAJO FORZADO Y ABUSOS A DERECHOS HUMANOS

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• Las empresas que sospechen posibles riesgos deben hacer una petición de investigación.
TIJUANA, B.C.,- 16 de octubre 2021.-A través del Centro Legal de Tráfico de Personas, recientemente se emitió una guía práctica para informar acerca de la lucha en contra del trabajo forzado en la cadena de suministros.
Así lo dio a conocer el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, quien mencionó que de acuerdo con estimaciones del 2017 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), 25 millones de personas son víctimas del trabajo forzado.
En dichas estadísticas predomina el género femenino con 71% del total, dijo, además que dentro de la distribución geográfica sobresale Asia y el Pacífico con 62%, seguido de África con el 23%, Europa y Asia Central con 9%, y 5% América.
El abogado fiscalista indicó que la Ley de Tarifas Estadounidenses de 1930 prohíbe la importación hacia Estados Unidos de cualquier bien elaborado “completamente o en parte” utilizando trabajo forzado, disposición implementada por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
«CBP ha implementado las Withhold Release Orders (WRO) como una medida de fortalecimiento al comercio para contrarrestar el trabajo forzado. A través de estas órdenes, los bienes quedan sujetos y no pueden ser liberados, además de ser prohibida su entrada a Estados Unidos mientras se realiza una investigación», apuntó.
De la Torre anotó que aquellos interesados en comenzar una petición de investigación deben presentar cualquier evidencia disponible que demuestre que un bien ha sido creado a través de trabajo forzado, y que fue importado hacia Estados Unidos.
Por su parte, la OIT ha desarrollado 11 indicadores de trabajos forzados que pueden ser utilizados como referencia para recabar evidencias, entre los cuales se encuentran: Abuso de vulnerabilidad, Engaño, Intimidación y Amenazas, Restricción de Movimiento, Aislamiento, Retención de Documentos de Identidad, Retención de Salario, Violencia Física y Sexual, Trabajo Endeudado, Condiciones de Trabajo y Viviendas Abusivas, Tiempo Extra Excesivo.
Previo a la petición, agregó el Dr. Octavio de la Torre, deben de tomarse en cuenta la confidencialidad y seguridad de los investigadores, trabajadores y potenciales testigos, ya que pueden ser puestos en riesgo de darse a conocer su identidad.
«CBP no libera información personal de individuos, pero puede ser sujeto a presentar datos si recibe una orden de corte en el caso de alguna demanda civil, por lo que, una vez que se recibe una petición, CBP comienza a revisar la información entregada para corroborar que cumple con los estándares especificados», explicó.
De ser el caso, se realiza una investigación comprensiva, tomando alrededor de seis meses para concretarse; en caso de que se presente evidencia que demuestre que la importación es segura y no se han detectado actividades de trabajo forzado, CBP puede autorizar la liberación de los bienes y su entrada a Estados Unidos.
En ese sentido, el pasado 13 de julio diversas agencias de seguridad de Estados Unidos, incluyendo el CBP, destacó el abogado fiscalista, emitieron una nota consultiva detallando que el gobierno de la República Popular de China continúa llevando a cabo genocidio y crímenes de lesa humanidad hacia minorías étnicas y religiosas en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (Xinjiang), China.
«Esto con el objetivo de informar a inversionistas, consultores, agentes laborales y demás negocios e individuos potencialmente expuestos a socios dentro de su cadena de suministros que cuenten con operaciones involucradas en el abuso a derechos humanos, incluyendo, pero no limitado a trabajos forzosos y vigilancia intrusiva a trabajadores», subrayó.
Tomando en cuenta que dentro de los principales objetivos del programa CTPAT (Customs Trade Partnership Against Terrorism) de CBP es proteger la cadena de suministro internacional de actividades ilícitas como el terrorismo, contrabando y trabajo forzado, enfatizó, es importante considerar y concientizar a los actores del comercio internacional de su papel en la detección y reporte de factores de riesgo.
Por último, el presidente de TLC Asociados señaló que cualquier empresa o individuo que tenga sospechas de que se estén realizando actividades ilícitas puede comenzar una petición para que se identifiquen bienes elaborados a través de trabajo forzado, impidiendo así que se continúen prácticas que afectan la competitividad y crecimiento económico sostenible. Para mayor información puede escribir al correo: tlc@tlcasociados.com.mx