Legislador plantea reforma al código de procedimientos civiles de BC

Busca que Jueces de lo Familiar tengan mejores medios para atender violencia intrafamiliar

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Mexicali, B.C., viernes 16 de noviembre de 2018.- El diputado Víctor Manuel Morán Hernández, indicó que a pesar de que existen diversas disposiciones protectoras de la familia y de los menores, no se logra plenamente su cometido, puesto que diariamente a través de los medios de información, se dan a conocer actos de violencia familiar cometidos principalmente por los padres contra sus hijos.

Aunque dicha violencia se registra por múltiples razones, dijo que generalmente están relacionadas con el consumo de drogas o alcohol; la falta de valores y de respeto a los miembros de su familia, donde vemos desde maltratos físicos y psicológicos, hasta lesiones, violaciones e incluso homicidios, principalmente en contra de hijos pequeños y de mujeres que no fueron atendidas en sus quejas oportunamente por las autoridades policiacas y ministeriales.

Esto fue señalado por el legislador de MORENA, al presentar ante el Pleno una Iniciativa que adiciona los artículos 21 Y 925 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California, a fin de que los Jueces de lo Familiar tengan mejores medios de atender a los casos de violencia intrafamiliar que se presentan a su jurisdicción.

En su exposición de motivos, señaló que ante el panorama desolador que refleja la descomposición de la sociedad y de la familia, es necesario dotar de mayores y mejores herramientas jurídicas a quienes tienen que lidiar con este tipo de conflictos, como son de manera preponderante los Jueces de lo Familiar.

Mencionó que, en los casos de violencia familiar, el juez podrá practicar las diligencias que a su juicio sean necesarias, tomando en cuenta incluso las pruebas preconstituidas existentes, incluyendo los dictámenes, informes, opiniones, y expedientes, que se hubieren realizado en las instituciones públicas o privadas dedicadas a atender dicha problemática.

En estos casos el Juez determinará las medidas procedentes para la protección de las personas menores de edad, adultos mayores, incapaces y de la parte agredida, sin que medie audiencia alguna, sobre todo en los casos de la emisión de las órdenes de protección.

Finalmente consideró el legislador que, con las adiciones planteadas, los Jueces de lo Familiar tendrán una mejor legislación con la cual controlar y resolver los problemas de violencia intrafamiliar, y atender con mayor severidad a los infractores de la armonía familiar, en beneficio de todos los miembros y especialmente de los menores, cuya tutela es de orden primordial para el orden jurídico por disposición constitucional.