Pide diputado Corona sancionar con prisión a quien autorice o ejecute obras en zonas de riesgo

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Tijuana, B. C., viernes 23 de marzo del 2018.- Con la finalidad de implementar medidas legislativas que contribuyan a que no sucedan tragedias como el colapso de 89 viviendas ocurrido el pasado 2 de febrero en el fraccionamiento Lomas del Rubí de la ciudad de Tijuana, el diputado Marco Antonio Corona Bolaños Cacho (PRI)  propuso reformas al Código Penal del Estado, a fin de sancionar con pena de prisión a quienes autoricen o ejecuten la construcción de cualquier tipo de obra, en contravención a lo señalado en el Atlas de Riesgo correspondiente.

“Mucho se ha hablado de que este lamentable suceso se originó por negligencias, tanto de autoridades como de particulares, negligencias que simplemente no pueden suceder otra vez. Las autoridades como los particulares tienen diversas responsabilidades en esta materia, y por ende no pueden deslindarse de las mismas, deben asumirlas en todo momento a cabalidad”, afirmó el legislador al dar lectura en tribuna de su iniciativa durante la sesión ordinara efectuada en el teatro “Rubén Vizcaíno Valencia” de la UABC, campus Tijuana.

Corona Bolaños Cacho agregó que el desarrollo urbano debe ser una labor corresponsablemente planeada y verificada bajo estrictos sistemas integrales de información, lo cual permita su control, pues de no ser así se pone en grave riesgo a las personas y a su patrimonio, tal y como aconteció a diversas familias en el fraccionamiento Lomas del Rubí.

Señaló que la actual Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del Estado determina en su artículo 141 que, en el Atlas Estatal de Riesgos y en los respectivos Atlas Municipales de Riesgos, deberá́ establecerse los diferentes niveles de peligro para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas.

Asimismo, indicó que este numeral determina que dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades competentes, para la planeación urbana y el establecimiento de políticas de desarrollo y acciones de prevención, así́ como para la autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos humanos.

Subrayó la importancia que reviste considerar los Atlas de Riesgos en las acciones de urbanización, a fin de eliminar o reducir los riesgos sobre las personas y sus bienes, lo cual es principalmente una función de los ayuntamientos, salvo las condiciones y excepciones señaladas en la propia Ley de Desarrollo Urbano del Estado.

En ese sentido, el diputado Marco Antonio Corona propuso la adición al Código Penal de Baja California de un capítulo XV denominado “Delitos contra el desarrollo urbano y la Protección Civil”, así como la incorporación de un artículo 307 Quinquies; este último establecerá lo siguiente:

“Al servidor público que expida alguna licencia, permiso, autorización, constancia o dictamen para realizar cualquier tipo de construcción, obra de infraestructura, equipamiento urbano, acción de urbanización o asentamiento humano sin observar o contraviniendo el Atlas de Riesgos correspondiente, se le impondrán de dos a ocho años de prisión y hasta cuatrocientos días multa.

Se aplicarán las mismas penas a quien realice o permita realizar cualquier tipo de construcción, obra de infraestructura, equipamiento urbano, acción de urbanización o asentamiento humano, a sabiendas de que la licencia, permiso, autorización, constancia o dictamen emitido por el servidor público de que se trate, no observa o contravenga el Atlas de Riesgos correspondiente.

Las penas previstas para los delitos cometidos previstos en este artículo, se impondrán con independencia de las que procedieren por otras, derivadas de los mismos hechos”