SCJN DEJA FIRME LA REELECCIÓN DE DIPUTADOS Y MUNÍCIPES EN BC

0
680
  • Referente a la iniciativa de reforma de los artículos 16 y 78 que trata de la reelección de diputados y munícipes.
  • Dicha iniciativa presentada por el diputado Miguel Ángel Bujanda Ruiz el 20 de enero del 2020.

Mexicali, B. C.., 8 de septiembre de 2020.- Este día martes 8 de septiembre del2020 de manera unánime los 11 ministros que conforman el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejaron firme la iniciativa de reforma de los artículos 16 y 78 relativos a la reelección de diputados y munícipes, la cual fue presentada por el diputado Miguel Ángel Bujanda Ruiz, el 20 de enero del 2020.

La Corte da la razón al Congreso del Estado, pues sobreseyó las acciones de Inconstitucionalidad 146/2020 Y SUS ACUMULADAS 149/2020, 151/2020 y 162/2020, promovidas por diversos partidos políticos, y por tanto resolvió la Validez del Decreto 74 publicado el 16 de junio de 2020.

Los criterios que argumentaron los ministros son que, en otras entidades federativas, se ha declarado inaplicable por violentar derechos fundamentales de los aspirantes; la Corte concluyó que no existe impedimento para que se mantengan en el cargo los diputados mientras realizan proselitismo electoral.

Asimismo, los ministros concluyeron que no resulta constitucionalmente exigible establecer como obligación la solicitud de licencia, ya que, en el caso específico de los diputados, separarse del cargo les quita la posibilidad a los ciudadanos de calificar y evaluar en todo momento el desempeño de sus representantes populares.

En su momento, el diputado Miguel Ángel Bujanda argumentó que la intención de la reforma pretendía garantizar el derecho de reelección y evitar judicialización innecesaria, pues a la postre, mediante sentencias quienes ocupen un cargo de diputado o munícipe se podrán mantener en el mismo y participar como candidato al idéntico cargo de elección popular.

De nueva cuenta, queda demostrado que la XXIII Legislatura Constitucional del Estado, actuó conforme a derecho y a los precedentes en materia de elección consecutiva, legislando a favor de los bajacalifornianos, actualizando el marco normativo a las necesidades políticas, económicas y sociales, pero sobre todo, a los precedentes judiciales.

De esta manera la SCJN le dio la razón al Congreso del Estado de Baja California y los legisladores locales y los presidentes municipales que deseen reelegirse, podrán participar en el proceso electoral sin dejar su cargo. Como se sabe el proceso electoral inicia el primer domingo de diciembre.