**Pablo César Castañeda señaló posibles efectos negativos en contribuyentes derivados de próximos cambios
TIJUANA BC, 11 de noviembre de 2025.- El pasado viernes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos para 2026, la cual mantiene sin cambios los ingresos estimados de 10.2 billones de pesos propuestos en la iniciativa del 8 de septiembre, así como los niveles de endeudamiento.
En la misma edición vespertina se publicaron los decretos que reforman y adicionan disposiciones a la Ley del IEPS y al Código Fiscal de la Federación, donde destacan ciertas modificaciones que, a juicio del especialista fiscal Pablo César Castañeda, resultan preocupantes por sus posibles afectaciones a los contribuyentes.
Castañeda, socio de la firma Caza Consultores, señaló que uno de los puntos más delicados son las nuevas disposiciones relacionadas a las facturas falsas y las denominadas “auditorías express”, pues otorgan al SAT mayores facultades de comprobación sin precisar de forma clara los conceptos “operaciones existentes”, “actos verdaderos” o “actos jurídicos reales”, que los llevarían a determinar si una factura es falsa.
“La autoridad define ‘verdadero’ como ‘que contiene verdad’ y ‘real’ como ‘que tiene existencia objetiva’. La amplitud de estos conceptos genera un alto margen de interpretación y deja en incertidumbre al contribuyente”, explicó el especialista.
Asimismo, advirtió que las visitas domiciliarias para validar la autenticidad de los comprobantes fiscales implican que, desde el inicio del proceso, la autoridad puede restringir temporalmente los sellos digitales del contribuyente, impidiéndole emitir facturas y, por tanto, generar ingresos.
El contribuyente sólo dispondrá de cinco días hábiles para demostrar que sus comprobantes amparan operaciones reales; en caso contrario, el SAT podrá cancelar los sellos digitales de manera definitiva y publicar el caso en el portal oficial y en el Diario Oficial de la Federación.
“Esta publicación no solo afecta al contribuyente auditado, sino también a quienes recibieron facturas de esa persona. Si no excluyen de su contabilidad a dichos comprobantes en un plazo de 30 días naturales, también se les restringirán de forma temporal sus sellos digitales”, puntualizó Castañeda.
Además de las sanciones administrativas, la reforma contempla penas de prisión de 2 a 9 años para quienes emitan comprobantes falsos.
El especialista advirtió que incluso contribuyentes cumplidos pueden verse afectados:
“Una empresa que contrate un servicio real, reciba la factura y haga el pago correspondiente, podría sufrir la restricción de sus sellos si su proveedor es señalado por emitir una factura falsa a otra persona. Es un riesgo fuera de su control”.
Finalmente, Castañeda enfatizó la importancia de que el sector empresarial se mantenga informado y documente adecuadamente sus operaciones para evitar afectaciones derivadas de estas nuevas disposiciones.





















