APRUEBAN DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN EN MATERIA DE DEPORTE

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• Su finalidad es la implementación de sanciones a quienes ejerzan violencia a fin de poder erradicarla, esto sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar.
• “Debemos seguir impulsando el deporte y junto con ello crear y establecer medidas preventivas para erradicar la violencia”: Dip. Adrián González, el inicialista.
MEXICALI…- 04 de julio de 2023.- Fue aprobado por el Pleno el Dictamen No. 77 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, referente a la reforma propuesta a la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Baja California, por el Diputado César Adrián González García.
Consideró el inicialista en su exposición de motivos, que: “debemos seguir impulsando el deporte, y junto con ello crear y establecer medidas preventivas para erradicar la violencia, abonando a la creación de ambientes y sociedades más sanas”.
La presente iniciativa pretende reforzar el marco normativo en dicha materia, para generar mejores condiciones libres de violencia y de todo tipo de agresión en cualquier práctica de actividades físicas, recreativas y/o deportivas, fomentando a su vez una cultura de paz y respeto. Y a su vez, promoviendo programas de formación, capacitación, actualización y los métodos de certificación en materia de cultura física y deporte.
Por ello, su objetivo es que se considere como una finalidad de la Ley, la implementación de sanciones a quienes ejerzan violencia, a fin de poder erradicarla, esto sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar.
Las principales razones que detalló el inicialista en su exposición de motivos, que desde su óptica justifican el cambio legislativo, fueron las siguientes: que el deporte es todo tipo de actividad física mediante una participación organizada; y de acuerdo con el Comité Olímpico Internacional la práctica del deporte es un derecho humano.
Así mismo que en el campo deportivo, se entiende la violencia como acciones efectuadas por un individuo o un conjunto de ellos, trasgrediendo por la fuerza o por interpretación falsa de lo establecido o escrito en Ley, incluido en ello el comportamiento desleal, utilización ilícita de la fuerza, las trampas o violaciones de la reglamentación deportiva, pretendiendo la obtención ilícita del triunfo y, que se debe seguir impulsando el deporte y junto con ello crear y establecer medidas preventivas para erradicar la violencia.
En razón de lo anterior, el Dictamen No. 77 de la Comisión dictaminadora, que preside el Diputado Juan Manuel Molina, se aprobó por veinte votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, con el siguiente Resolutivo Único. Se aprueba la iniciativa que reforma la fracción X, del artículo 4, de la Ley de Cultura Física y Deportes del Estado de Baja California, para quedar como sigue: El presente ordenamiento tiene las siguientes finalidades: X.- Promover las medidas preventivas necesarias para erradicar la violencia, así como la implementación de sanciones a quienes la ejerzan, lo anterior sin perjuicio de las
responsabilidades penales y civiles a que haya lugar, y reducir los riesgos en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas que pudieran derivarse del doping, así como de otros métodos no reglamentarios.