**Su objeto es contar con suficiencia presupuestal para la creación de plazas asignadas al Tribunal de Oralidad Civil y Familiar en Tecate y Guadalupe Victoria
**Avalan también iniciativa para fortalecer la exención temporal de derechos municipales previamente aprobada, en atención al Plan de Justicia para las Personas Trabajadoras Agrícolas de San Quintín
MEXICALI BC, 28 de agosto de 2026.- En sesión de Pleno se aprobaron los Dictámenes No. 144 y 145 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, relativos a solicitudes del Poder Judicial del Estado de Baja California.
Por veintitrés votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, fue avalado por las diputaciones el Dictamen No. 144, cuya finalidad es contar con la suficiencia presupuestal necesaria para cubrir los sueldos y prestaciones por la creación de 31 plazas, las cuales serán asignadas a las áreas operativas y admirativas del Tribunal de Oralidad Civil y Familiar en el partido judicial de Tecate.
Este, pretende iniciar sus funciones en el mes de agosto del año que transcurre, para dar cumplimiento a la reforma e implementación del Código Nacional Civil y familiar del Estado de Baja California.
Luego se aprobó por veintidós votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Dictamen No. 145 que se refiere a una solicitud de recursos presupuestales en partidas presupuestales, con el objeto de contar con la suficiencia presupuestal necesaria para cubrir sueldos y prestaciones por la creación de cinco plazas.
Dichas plazas serán asignadas a las áreas operativa y administrativas del Tribunal de Oralidad Civil en la localidad de Guadalupe Victoria, que pretende iniciar sus funciones a partir de septiembre de este año.
Ambos dictámenes fueron leídos por la Presidenta de la Comisión de Hacienda Y presupuesto, Julia Andrea González Quiroz.
Las diputaciones también aprobaron el Dictamen No. 146, por veintitrés votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y se refiere a la Iniciativa de adición al artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de San Quintín 2026.
Su objeto es ampliar y precisar los supuestos comprendidos dentro de la medida de carácter temporal, aprobada recientemente, de manera que la exención de derechos municipales pueda atender integralmente los procedimientos administrativos vinculados con la regularización territorial, la vivienda social, la incorporación a los servicios básicos y la consolidación ordenada de los asentamientos humanos.
Esto, para ser aplicable a las personas trabajadoras agrícolas que se ubiquen dentro de los supuestos previstos en dicha disposición, contemplados en el Plan de Justicia para las Personas Trabajadoras Agrícolas de San Quintín.





















