PROPONE MONICA HERNANDEZ ‘’LA CHULA’’ CREACION DE UN REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS

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Playas de Rosarito, B. C., jueves 25 de mayo de 2017.- La diputada Mónica Hernández “La Chula” Álvarez presentó una iniciativa de reforma y adición al Código Civil del Estado, con el propósito de crear e instrumentar el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM).

La iniciativa fue puesta a consideración de la asamblea durante la sesión ordinaria celebrada en esta ciudad, bajo la coordinación del diputado Ignacio García Dworak, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva de la Vigésima Segunda Legislatura.

La diputada Mónica Álvarez presentó la propuesta a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN), en la cual manifestó que con esta iniciativa, se pretende fortalecer el marco normativo de la institución jurídica de los alimentos, a través de la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, para que, quienes incumplan con esta obligación básica, queden debidamente registrados en un banco de morosidad alimentaria.

“Es inaceptable que algunas personas procuren cuidar con mayor esmero su historial crediticio de alguna tienda departamental, algún servicio, o cualquier crédito diverso, en lugar de cumplir con su obligación de suministrar alimentos, quizá motivados -de forma infundada- de que existen pocas consecuencias legales por su incumplimiento”, subrayó la legisladora.

“La Chula” Hernández, quien preside la Comisión de Comunicación Social y Relaciones Públicas de la XXII Legislatura, precisó que el mencionado RDAM, concentra un propósito público; dar a conocer a la ciudadanía en general a aquellos que han incumplido con su obligación más elemental.

Abundó que el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Baja California, estará bajo el encargo y operación del Registro Civil del Estado y en él se inscribirán a las personas que hayan dejado de cumplir por más de 90 días sus obligaciones alimentarias.
La iniciativa propone la adición de un segundo y tercer párrafo al artículo 35; del citado código; una fracción IX al artículo 95; una fracción XI al 153; la creación de los artículos 306 bis, 306 ter, 320 ter, 320 quarter, la creación de un Capítulo Tercero denominado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Baja California, así como la reforma a la fracción XIV y la adición de una fracción XV todos del Código Civil estatal.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia de la XXII Legislatura para su análisis jurídico y posterior dictaminación.

 

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